jueves, 6 de marzo de 2008

Palo de la SCJN al Congreso de Guerrero

Marcial Rodríguez Saldaña ( mrodriguezsal@hotmail.com )
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Se empiezan a dilucidar jurídicamente los problemas que tienen las reformas electorales aprobadas recientemente en el estado de Guerrero, como resultado de haber dejado hasta el último momento su aprobación y como consecuencia de no haber tenido el tiempo suficiente para analizar y debatir con la prudencia que requiere la aprobación de cualquier ley por parte del Congreso.
1.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación acaba de declarar inconstitucionales seis artículos de la nueva ley de instituciones y procedimientos electorales de Guerrero, que se refieren a las prerrogativas de los partidos políticos en cuanto a los tiempos a que tienen derecho en radio y televisión; esta resolución pone en evidencia diversas complicaciones de la reforma electoral en el estado.
2.- Los responsables del proceso de la reforma electoral en Guerrero llevaron hasta el último instante la aprobación de la reforma, incluso hicieron que el anterior Consejo Estatal Electoral emitiera un acuerdo –cuya legalidad está en duda– ya que se convirtieron el legisladores, para señalar que el inicio del proceso electoral sería el 15 de abril, en tanto que el anterior Código Electoral establecía que el proceso electoral debería comenzar en el mes de abril, y la interpretación correcta de esta disposición es que el mes de abril comienza el día primero.
3.- La premura de la reforma electoral llegó a tal grado que en horas de la madrugada en la sesión del Congreso del Estado en donde se aprobó la reforma, todavía le estuvieron metiendo mano algunos diputados locales para introducir artículos de última hora, legislando al vapor o de rodillas como se dice en el ambiente legislativo, sin que tuvieran el tiempo razonable para meditar y debatir lo que estaban aprobando.
4.- La resolución de la SCJN es un revés jurídico a todos los que intervinieron en la elaboración y aprobación de la reforma electoral, incluidos los que hicieron que el gobernador del Estado promulgara la reforma electoral con los vicios de inconstitucionalidad, sin advertirle de las deficiencias jurídicas de la reforma, pero principalmente a los diputados de las comisiones que dictaminaron la aprobación de la reforma y luego todos los que votaron a favor en el pleno y más aún a los que son abogados, quienes debieron de cuidar que la reforma no contraviniera preceptos de la Constitución federal.
5.- La decisión de la SCJN es como se dice en el argot judicial “un palo jurídico y legislativo” a los que participaron en cada etapa de la reforma electoral y demuestra que no es tan fácil ser legislador, que no basta gestionar andadores o calles, o sólo levantar la mano en el Congreso. Para ser un buen legislador se requiere algo más, se necesitan los conocimientos elementales para realizar la tarea legislativa, de tal manera que no pongan en evidencia la ignorancia de la leyes al aprobar normas que rigen la vida de la sociedad. Se puede ser un excelente gestor social de toda la vida, pero un pésimo legislador si no se tienen los conocimientos suficientes de lo que es el proceso legislativo.
6.- La lección que acaba de dar la SCJN a quienes participaron y aprobaron la reforma electoral en sus aspectos inconstitucionales, refleja que se acabaron los tiempos de los acuerdos políticos por encima de las leyes, que hay controles a los actos de todas las autoridades, que ya no hay poderes absolutos que actúen y tomen decisiones al margen de la ley, que legislar con ocurrencias, con improvisaciones es un mal camino a seguir.
7.- Afortunadamente en la SCJN ha habido juristas guerrerenses muy notables como el propio Ignacio Manuel Altamirano, quien fue fiscal, Alberto Vázquez del Mercado, Teófilo Olea y Leyva y los ministros que declararon inconstitucional la reforma, saben que actualmente hay abogados de Guerrero muy destacados que salvan la honra de los guerrerenses en el espectro jurídico nacional.
8.- ¿Qué dirán los ministros de la SCJN de quienes aprobaron estas reformas? Ya nos imaginamos los comentarios afuera de las sesiones formales de los ministros; por lo pronto, la resolución de la Corte es una evaluación reprobatoria de quienes votaron a favor de la reforma, falta la calificación del pueblo, por ello es necesario que los electores extremen sus cuidados al momento de elegir a sus diputados, para que no depositen su confianza en quienes exhiban su ignorancia de las leyes y ante instituciones como la SCJN pongan en ridículo y en vergüenza al Congreso de Guerrero.

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